Intervención de la Organización Mundial de Personas con Discapacidad sobre el Artículo 19 – Accesibilidad
Venus Ilagan
5 de Agosto de 2005
Gracias Señor Presidente,
La OMPD, que es miembro del Grupo Directivo Internacional sobre la Discapacidad, quiere apoyar la intervención de nuestros compañeros y enfocarse en el tema siguiente.
La OMPD quiere opinar sobre las propuestas que sugieren remplazar la palabra ‘apropiado’ con ‘progresivo’ en el Artículo 19. En nuestra opinión, la aplicación del concepto de la realización progresiva en el Artículo 19 será problemática.
La accesibilidad es un tema extenso que se refiere a todos los derechos humanos de las personas con discapacidad – derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Creemos que la aplicación de la realización progresiva del Artículo 19 debe ser contextual – debe aplicarse solamente al contexto de la accesibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales, que concuerden con el Artículo 4, Obligaciones Generales. Hacer que los derechos civiles y políticos sean sujetos a la realización progresiva seria una desviación peligrosa de los derechos humanos internacionales. Estas circunstancias darían un nivel mas bajo de derechos humanos comparado con los derechos de otros miembros de la sociedad. No debemos dejar que una convención que tiene el propósito de avanzar los derechos humanos de las personas con discapacidad cree discriminación contra nosotros.
Creemos que la preocupación que tienen algunos delegados sobre este tema puede ser basada en la falta de información sobre la metodología practica para implementar la accesibilidad. En la experiencia de la OMPD la accesibilidad no necesita ser cara. Simplemente requiere conciencia, planificación y vigilancia para asegurarse que los recursos no sean usados de una manera que cree barreras sociales. Nambia, Ghana y Tailandia son ejemplos de países que buscan establecer la accesibilidad de bajo-costo con el desarrollo de programas y políticas con las personas con discapacidad. Esperamos que los delegados consideren la experiencia de los miembros del grupo directivo cuando consideren las ramificaciones del Artículo 19 en sus países.
Gracias Señor Presidente
2005-08-09 00:00:00
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